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La Guardia Nacional y sus cambios constitucionales

El 20 de Septiembre de 2024 los Diputados avalaron en lo general y en lo particular la reforma concerniente a la Guardia Nacional por lo que pasó al Senado, quien cinco días después es decir el 25 del mismo mes y año aprobó el dictamen.

Para ser publicado por el todavía Presidente Andrés Manuel López Obrador a través del Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024.

¿Objetivo de la Reforma a la Guardia Nacional?

La reforma sobre la Guardia Nacional (GN) tiene como objetivo el incorporarla a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y el reconocimiento de esta institución como una fuerza de seguridad pública, profesional, con carácter permanente y de formación policial.

También se estableció la coordinación con fines de seguridad pública, donde entidades como el Ministerio Público, Instituciones Policíacas y la Guardia Nacional deberán participar, conformando el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Y por último la forma de designación de la Comandancia de la Guardia Nacional, la cual será designada por el titular de la Presidencia de la República con la propuesta del titular de la Secretaría de la Defensa Nacional.


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La reserva a la reforma a la Guardia Nacional.

Merary Villegas Sánchez diputada de MORENA planteo una reserva que fue avalada.

Esta reserva consiste en modificar el artículo 21 Constitucional, eliminando el texto “al personal de origen marino” en la conformación de la Guardia Nacional y que está, solo este constituida por personal militar.

Dicho decreto, reforma y adiciona a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129.

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