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Reforma Constitucional para la protección, trato adecuado, conservación y cuidado animal

Fue publicada en el Diario Oficial dela Federación el 02 de diciembre del 2024 la reforma constitucional en materia de protección y cuidado animal, una reforma más de las enviadas el pasado 5 de Febrero por el aún Presidente Andrés Manuel López Obrador.

La Cámara de Diputados aprobó el 12 de noviembre del 2024 el dictamen de reforma para los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que tiene como propósito elevar a rango constitucional la protección y cuidado animal, para lo cual fue turnada al Senado de la República donde por unanimidad el 21 del mismo mes y año fue aprobada y enviada a las legislaturas locales para continuar con el proceso constitucional, concluyendo así en la publicación de la reforma en el DOF.

¿En qué consiste la reforma contra el maltrato animal?

Esta reforma contra el maltrato animal tiene 3 ejes principales, los cuales quedaron plasmados en el texto constitucional de la siguiente forma:

✅ Los planes y programas de estudio dentro de su orientación integral incluirán la protección de los animales.

✅ La prohibición del maltrato animal por lo que el Estado Mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales.

✅ El Congreso de la Unión tiene ahora la facultad para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección y bienestar de los animales.

Para lo cual el Congreso de la Unión tiene un plazo de 180 días naturales que correrán una vez publicado el decreto para expedir la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.

Con esta reforma se asientan las bases legales para la protección animal en todo el país.

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